A- de 2020
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante Angelica Lozano Correa Y Otros·Demandado Mesa Directiva Del Senado De La Republica
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Corte dispuso LEVANTAR la suspensión de términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura, en relación con el expediente de tutela de la referencia y, CORRER TRASLADO de las pruebas allegadas con ocasión de lo dispuesto en el auto de 3 de marzo de 2020 a las partes y por el término de tres días, con el objeto de que se pronuncien al respecto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos judiciales ordenada por el Consejo Superior de la Judicatura, en relación con el expediente de tutela T-7.303.038, según lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.
- SEGUNDO. CORRER TRASLADO de las pruebas allegadas con ocasión de lo dispuesto en el auto de 3 de marzo de 2020 a las partes en el expediente de la referencia, por el término de tres (3) días, con el objeto de que se pronuncien al respecto, en virtud de lo establecido en el artículo 64 del Acuerdo 02 de 2015.
- TERCERO. ADVERTIR que, una vez se surta lo ordenado en el ordinal
- segundo. resolutivo de este pronunciamiento, los términos judiciales del presente proceso de tutela quedarán nuevamente suspendidos, de conformidad con lo decidido por la Sala Plena de esta Corporación en el Auto 121 de 2020.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.